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Subsecretaría de Obras Públicas

Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas

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A continuación se presenta toda la normativa que establece potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas para la Subsecretaría de Obras Públicas.

Potestad, competencia, responsabilidad, función, atribución y/o tareas Fuente legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente
Incumbe al Ministro de Obras Públicas, en su calidad de autoridad superior del Ministerio, la supervigilancia de los organismos que de él dependen y de aquellos que, por su intermedio se relacionan con el Gobierno, cuales son la Superintendencia de Servicios Sanitarios y el Instituto Nacional de Hidráulica y de los Servicios que determine la ley. Artículo 4 del DFL MOP 850 de 1997 ver enlace
a)   Pronunciarse sobre los Planes de  Estudios, Proyectos y Ejecución de Obras y sus prioridades, los que se someterán a la aprobación del Presidente de la República y se pondrán en conocimiento del Congreso Nacional;
b)   Pronunciarse, antes del 1º de junio de cada año, sobre el proyecto de Presupuesto para el año siguiente, y proponer al Presidente de la República las modificaciones pertinentes;
c)   Dictar las normas de coordinación de las actividades de los Servicios y las normas técnicas y administrativas generales a que deben sujetarse los trabajos de obras públicas;
d)   Aplicar, previa investigación o sumario, las sanciones correspondientes en caso de infracción o inobservancia de las normas, reglamentos o disposiciones legales vigentes;
e)   Proponer al Presidente de la República las comisiones de Servicio del personal en el extranjero;
f)   Presentar al Presidente de la República y al conocimiento del Congreso Nacional la Memoria Anual;
g)   Someter a la aprobación del Presidente de la República los Reglamentos necesarios para el funcionamiento de los Servicios a su cargo;
h)   Someter a la aprobación del Presidente de la República la creación, fusión y supresión de Departamentos de los Servicios dependientes del Ministerio, pudiéndose establecer las funciones
que les correspondan. Asimismo, le corresponderá someter al Presidente de la República la creación, fusión o supresión de las Secretarías Regionales Ministeriales de Obras Públicas.
La organización y atribuciones de las Direcciones, de los Departamentos y de las Secretarías Regionales Ministeriales que no estén consignadas en la presente ley, como asimismo, las relaciones
de aquéllas con las autoridades políticas o administrativas, serán objeto de reglamentos que dicte el Presidente de la República.
i)   Otorgar, de conformidad con el decreto supremo de adjudicación a que se refiere el artículo 87º, concesiones de uso o goce sobre bienes nacionales de uso público o fiscales cuya administración corresponda al Ministerio o a otras autoridades, a los concesionarios de explotación indicados en el citado artículo;
j)   Convenir las indemnizaciones a que tendrá derecho el Fisco o el concesionario, por el incumplimiento de los contratos a que se refiere el artículo 87º o cuando deban revocarse esas concesiones por razones de interés público, y las garantías, modalidades y demás estipulaciones de tales contratos, con sujeción a las normas del Decreto con Fuerza de Ley que dicte el Presidente de la República en uso de las facultades que se le entregan por el artículo 88º;
k)   Alterar anualmente, por requerimiento de buen Servicio, el porcentaje a que se refiere el inciso segundo del artículo 9º de la Ley Nº 18.834, respecto del Ministerio y sus Servicios dependientes;
l)   Dictar, en general, todas las resoluciones que tiendan al cumplimiento de los objetivos del Ministerio.
Artículo 5 del DFL MOP 850 de 1997 ver enlace
Dirigir las relaciones públicas y Ley 15.840, promover la divulgación e intercambio de informaciones sobre las actividades de la Dirección General de Obras Públicas.
Le corresponderá, además, organizar y dirigir todo lo relacionado con el Bienestar del Personal del Ministerio de Obras Públicas y sus Servicios dependientes.
Le corresponderá igualmente proponer al Ministro las normas sobre adquisiciones, en inventarios y control de bienes, las que relación deberán ser aprobadas por el Presidente de la República, previo informe favorable de la Contraloría General de la República.
Artículo 6 DFL MOP 850 /97 ver enlace
a) Redactar y tramitar los nombramientos, contratación y destinación del personal ;
b) Llevar las Hojas de Vida del personal ;
c) Ocuparse de las relaciones públicas, de la divulgación e intercambio de información y preparar la Memoria Anual ;
d) Llevar los inventarios y control de los bienes ;
e) Mantener el Archivo General y la Biblioteca ;
f) Tramitar, cuando se le encomiende, la adquisición de bienes muebles, maquinaria, implementos, materiales de consumo, de equipos de oficina y útiles ;
g) Administrar los elementos de movilización, teléfono, radio comunicaciones, aviación, edificios y oficinas dependientes de la Dirección General de Obras Públicas ; y
h) Atender los demás asuntos de su competencia que le encomiende el Subsecretario de Obras Públicas.

Artículo 7 DFL MOP N° 850/97  ver enlace
i) Autorizar las transcripciones de los decretos, resoluciones y demás documentos oficiales, y las enmiendas y rectificaciones de forma de los mismos.
j) Certificar años de servicio para efectos previsionales
Todas las materias que se relacionan con el personal, salvo las siguientes:
-Provisión de empleos o expiración de funciones ;
-Destinaciones que signifiquen cambios de residencias o que no cumplan con los requisitos establecidos en el inciso primero del artículo 35° del DFL. N° 338, de 1960 ;
-Aplicación de medidas disciplinarias, y
-Permisos sin goce de remuneraciones de grado superior al 5° de la Escala única de Sueldos.
k) Adquisiciones de bienes muebles señalados en el artículo 54° de la Ley N° 15.840, que no excedan de 10 Unidades Tributarias Mensuales.
l) Emitir las órdenes de compra y dar curso a las facturas para su pago siempre que la adquisición o la contratación del servicio hubiere sido previamente aprobada por el Subsecretario.
m) Contratación de servicios no personales para reparación y mantención de inmuebles, muebles, vehículos y maquinarias, que no excedan de 10 Unidades Tributarias Mensuales.
n) Autorizar traslados de bienes muebles del activo fijo, entre sus dependencias, incluidas las Secretarías Regionales Ministeriales.
o) Autorizar bajas de bienes muebles con o sin enajenación, cuyo valor residual no exceda de 20 Unidades Tributarias Mensuales.
Artículo 2 del Decreto N° 37 de 1984 ver enlace
a) Prestar asesoría técnica especializada en materias de auditoría y control interno a las Autoridades del Ministerio de Obras Públicas.
b) Coordinar e implementar políticas, planes y programas de auditoria interna al interior del Ministerio de Obras Públicas, con el objetivo de:
- Evaluar el grado de cumplimiento de los planes, metas y objetivos de gestión del Ministerio de Obras Públicas, sus servicios dependientes y relacionados, velando además que éstos guarden armonía y coherencia con las políticas gubernamentales y sectoriales.
- Asegurar la existencia de controles que permitan prevenir la ocurrencia de situaciones que pudiesen afectar el cumplimiento de los objetivos del Ministerio, de sus Servicios dependientes y relacionados.
c) Verificar, analizar y evaluar los resultados, proyecciones y obstáculos de las auditorias y otras acciones desarrolladas por los Servicios dependientes del MOP, el Instituto Nacional de Hidráulica y la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
d) Conocer, hacer observaciones y proponer la formulación de planes y programas institucionales de control interno y de auditoria de los Servicios dependientes del MOP, velando por su adecuada concordancia con las políticas de gestión ministeriales.
e) Efectuar tareas de supervisión general dentro de su ámbito, y de coordinación con los Directores de cada Servicio del MOP, adecuándose a las directrices que imparta el Sr. Ministro de Obras Públicas y el Consejo de Auditoria Interna General de Gobierno.
En casos calificados por el Sr. Ministro de Obras Públicas, el Auditor Ministerial podrá efectuar labores de supervisión específicas de las auditorías internas de los servicios dependientes y relacionados al MOP, sin interferir con ello, en las tareas propias que correspondan a los auditores de dichos Servicios.
Número 1 de la Resolución MOP N° 1.232 del 30/04/2008 ver enlace
a) Proponer, aplicar y evaluar políticas, normas, proyectos, sistemas y procedimientos presupuestarios y de abastecimiento, orientados al uso eficiente, eficaz y transparente de los recursos de la Subsecretaría y demás Servicios cuando proceda.
b) Proponer las metas internas anuales de las unidades de la Subdivisión y controlar su ejecución.
c) Proponer la capacitación del personal de las áreas de su responsabilidad.
d) Proporcionar asesoría y/o apoyo en materias de presupuesto o adquisiciones a las Secretarías Regionales Ministeriales que lo requieran o soliciten.
e) Visar oficios, resoluciones de pago, guías de remisión a DCYF, facturas, boletas, según sea el caso, relacionadas con la ejecución presupuestaria del Servicio, como asimismo oficios, bases administrativas, invitación a proveedores, convenios, resoluciones de adjudicación, órdenes de compra, de ejecución de trabajos, según sea el caso, relacionados con los procesos de adquisición de responsabilidad de la Subsecretaría.
f) Coordinar el proceso de formulación, presentación y aprobación interna del proyecto de Presupuesto anual del Servicio.
g) Proponer la distribución de recursos presupuestarios para los diferentes centros de costos de la Subsecretaría a nivel nacional, para el desarrollo de su gestión interna.
h) Controlar la ejecución del presupuesto de la Subsecretaría, aplicando los criterios e instrumentos necesarios que posibiliten su correcta utilización.
i) Proponer y controlar el programa de caja anual y mensual del Servicio, adoptando las medidas oportunas para su cumplimiento.
j) Presentar balances e informes presupuestarios sobre la Subsecretaría, proponiendo oportunamente las medidas correctivas que procedan.
k) Proponer el programa anual de propuestas que se ejecuten centralizadamente para los Servicios del Ministerio.
l) Presidir directamente las comisiones de apertura de propuestas y/o de adjudicación de las adquisiciones de bienes y servicios que tramite la Subsecretaría o nombrar un representante.
m) Integrar la Comisión de Campamentos de Veraneo de la Subsecretaría.
n) Realizar toda otra labor encomendada por la autoridad y relacionada con las materias de su responsabilidad.
Número 1.1.2 de la Resolución SOP N° 395 de 16/02/2004 ver enlace
a) Proponer las metas internas anuales de las unidades de la subdivisión y controlar su ejecución.
b) Proponer la capacitación del personal de las áreas de su responsabilidad.
c) Proponer, controlar y reorientar recursos presupuestarios para los diferentes centros de costo bajo su responsabilidad.
d) Participar en los procesos de adjudicación, de contraparte y de evaluación de convenios sobre las diferentes áreas de responsabilidad de la Subdivisión.
e) Visar oficios, presupuestos, resoluciones, términos de referencia, convenios órdenes de compra, órdenes de ejecución de trabajos, informes, cometidos de servicios y horas extraordinarias, relacionados con las áreas de su competencia.
f) Proporcionar asesoría y/o apoyo en materias de su competencia a los Servicios y Seremis que lo requieran o soliciten.
g) Proponer, aplicar y evaluar políticas, normas, proyectos, sistemas y procedimientos orientados al control de los bienes muebles e inmuebles de los Servicios del MOP.
h) Coordinar el proceso de mantención actualizada del catastro de bienes inventariables de los Servicios del Ministerio, evaluando anualmente la correcta operación y uso del Sistema de Control de Bienes.
i) Proponer el programa anual de subastas de bienes muebles prescindibles del MOP, supervisar y evaluar su ejecución.
j) Proponer el programa anual de regularización de bienes inmuebles de la Subsecretaría, a nivel nacional, para mantener catastro actualizado de ellos.
k) Efectuar diagnósticos o análisis de requerimientos sobre necesidades de equipamiento de oficinas en los niveles central o regional de la Subsecretaría y proponer alternativas de solución, a excepción de equipamiento computacional y de telefonía.
l) Proponer, aplicar y evaluar políticas, normas proyectos sistemas y procedimientos orientados a la gestión eficiente de servicios de apoyo, como:
- La mantención y reparación de bienes muebles e inmuebles de la Subsecretaría y demás Direcciones del MOP que lo soliciten, en el nivel central de Ministerio.
- El Servicio de movilización de la Subsecretaría. En el nivel central de ésta; y
- Otros servicios menores de la misma, en el nivel central.
m) Proponer programas anuales de mantención de dependencias y vehículos del Servicio, en el nivel central.
n) Integrar el Comité de Administración del Edificio Central del Ministerio y la Comisión de Cabañas de Veraneo de la Subsecretaría.
o) Proponer, aplicar y evaluar políticas, normas, proyectos, sistemas y procedimientos orientados a la creación y mantención de las condiciones óptimas de resguardo del personal y bienes fiscales del MOP, en los establecimientos del nivel central de responsabilidad de la Subsecretaría.
p) Coordinar el proceso de elaboración y actualización de los planes de emergencia para los inmuebles bajo su responsabilidad, en coordinación con el área de Prevención de Riesgos del Servicio.
q) Realizar toda otra labor encomendada por la autoridad y relacionada con las materias de su responsabilidad.
Número 1.2.2 de la
Resolución SOP N° 395 de 16/02/2004
ver enlace
a. Asesorar al Ministro y Subsecretario de obras Públicas en las materias de comunicaciones e imagen corporativa del Ministerio.
b. Planificar e implementar las políticas de comunicaciones, tanto interna como externas del MOP.
c. Velar por la ejecución de las actividades de las relaciones públicas del ministerio.
d. Coordinar la difusión de la información sobre los proyectos y las obras ejecutadas por el Ministerio a los distintos segmentos de la población.
e. Coordinar la labor de los periodistas regionales de las SEREMIS
f. Apoyar a la División de Recursos humanos y al Comité de Recursos Humanos, en la implementación de políticas del área.
g. Informar de manera permanente expedita a la comunidad los beneficios de los proyectos de las obras públicas, sobre todo, en el período de construcción de las mismas.
h. Cumplir con otras funciones relacionadas con la temática de las comunicaciones, marketing e imagen corporativa del MOP.
Número 2 de la Resolución SOP N° 1996 del 04/04/2003 ver enlace
a) Servir de instancia de comunicación de las Unidades de Asesorías con el SS.OO.PP.
b) Centralizar la demanda y satisfacción de requerimientos, líneas de acción, estudios y solución de problemas planteados por la autoridad antes mencionada;
c) Supervisar el funcionamiento de las unidades de Asesorías dentro del ámbito de sus respectivas funciones ;
d) Propender a establecer formas de comunicación y coordinación de las Unidades de Asesorías
Número 1 de la Resolución SOP N° 866 del 04/04/2000 ver enlace
a) Evaluar en forma permanente el sistema de control interno de la Subsecretaría y efectuar las recomendaciones para su mejoramiento
b) Evaluar el grado de economía, eficiencia, eficacia y equidad con que se utilizan los recursos humanos, financieros y materiales de la Subsecretaría
c) Promover la adopción de mecanismos de autocontrol en las unidades operativas de la organización
d) Verificar la existencia de adecuados sistemas de información, su confiabilidad y oportunidad
e) Elaborar y proponer al Subsecretario, para su aprobación, el plan anual de auditoría de la institución
f) Promover la coherencia de las políticas y actividades de la unidad de auditoría interna del Servicio, con aquellas emanadas de la autoridad presidencial, las orientaciones dadas por el Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno y respecto de la acción de otros organismos del estado.
g) Efectuar el seguimiento de las medidas preventivas y correctivas, emanadas de los informes de auditoría, aprobadas por la autoridad.
h) Participar obligatoriamente en el comité de auditoría ministerial a través del jefe de unidad y su representante.
i) Otorgar permanente y oportuno aseguramiento al proceso de gestión de riesgos de la institución, según las directrices entregadas por el consejo de auditoría.
Número 9 de la Resolución SOP N° 3.565 del 28/12/2008 ver enlace

a) Obtener y procesar los datos e información sobre los objetivos, las acciones y lso resultados de gestión de las distintas Unidades del MOP.
b) Generar información sistematizada, sintetizada e integral que haga expedita la oportuna y eficaz toma de decisiones de la autoridad.
c) Coordinar a nivel ministerial un Sistema de Planificación Estratégica y de Control de Gestión y Monitoreo en concordancia con el diseño institucional, a través de la formalización de las definiciones estratégicas ministeriales, que incluyen misión, visión, mapas estratégicos, objetivos y prioridades.
d) Coordinar ministerialmente a las Unidades o Departamentos de Gestión de los Servicios MOP., velando por su alineamiento con la estrategia, la consistencia y la calidad de los distintos instrumentos de gestión como, por ejemplo, el Sistema de Monitoreo del Desempeño, los Programas de Mejoramiento de la Gestión (PMG), los Convenios de Desempeño Colectivo, los Convenios de Alta Dirección Pública, los Balances de Gestión Integral, entre otros.
e) Apoyar la elaboración de los Convenios de Alta Dirección Pública de primer y segundo nivel jerárquico de los Servicios del MOP., realizando el seguimiento y revisión de los primeros, a solicitud del Ministro de Obras Públicas.
f) Realizar la revisión técnica de las propuestas de Convenios de Desempeño Colectivo de los Servicios del MOP. y sus modificaciones, a solicitud del Ministro de Obras Públicas.
g) Coordinar a los Encargados Transversales de los Programas de Mejoramiento de la Gestión (PMG), en la búsqueda de soluciones comunes a los Sistemas que lo componen y adecuadas a las necesidades del MOP.
h) Diseñar, implementar y mantener los Sistemas de Gestión y Monitoreo Ministerial, entre los que destaca el Sistema de Gestión de la Calidad, en concordancia con las definiciones estratégicas, asegurándose que las diferentes unidades (estratégica, de negocio y de soporte) de los Servicios MOP. se encuentren alineados.
i) Diseñar e implementar los procesos de planificación y control de gestión de la Subsecretaría de Obras Públicas a través del seguimiento, monitoreo y análisis de los indicadores de los distintos instrumentos de gestión como, por ejemplo, el Sistema de Monitoreo del Desempeño, los Programas de Mejoramiento de la Gestión (PMG), el Convenio de Desempeño Colectivo, los Convenios de Alta Dirección Pública, el Balance de Gestión Integral, entre otros, realizando evaluaciones periódicas respecto de su cumplimiento, entregando información regular, oportuna y confiable sobre su avance.
j) Elaborar publicaciones que integren y sinteticen la información generada a través del procesamiento de datos y antecedentes específicos.
k) Representar al Ministerio de Obras Públicas y a la Subsecretaría de Obras Públicas ante otras Entidades u Organismos, como la Dirección de Presupuestos y la Unidad de Gestión del Ministerio de Hacienda, los Comités Técnicos, la Red de Expertos u Organismos Validadores del Programa de Mejoramiento de la Gestión, el Servicio Civil y otros que correspondan en las materias mencionadas en la presente Resolución.
l) Entregar a los entes encargados de las auditorías, la documentación, información y colaboración que éstos requieran para el cumplimiento de sus tareas. 

Número 2 de la Resolución SOP N° 532 del 31/03/2014 ver enlace
a) Relacionarse con las áreas de recursos humanos de los Servicios del MOP, de manera de permitir un sistema común.
b) Orientar y coordinar las actividades de las Unidades dependientes, a fin de articular los productos generados para los distintos subsistemas.
c) Evaluar proposición de políticas, normas, procedimientos y programas referidos a los subsistemas de recursos humanos, generados por las Unidades dependientes.
d) Entregar líneas de acción para permitir un asesoramiento, control y evaluación en la aplicación transversal de políticas, normas, procedimientos e instrucciones relacionadas con el área, ya sea que emanen de la autoridad o que provenientes de organismos externos la División haya asumido la responsabilidad de su aplicación, proponiendo medidas correctivas en caso de desviación.
e) Contribuir a lograr un clima armónico de trabajo a través de la coordinación y generación de instancias de comunicación, y promover cambios en patrones de conducta para la integración del recurso humano, facilitando el compromiso de los funcionarios con las metas institucionales.
f) Evaluar la proposición de metas internas anuales presentadas por las unidades dependientes de acuerdo a lineamientos otorgados y controlar su cumplimiento.
g) Relacionarse con la Subdivisión de Gestión para la aplicación de la normativa generada y la obtención de la retroalimentación correspondiente.
h) Propender al desarrollo del uso de técnicas modernas de gestión en el área de recursos humanos.
i) Efectuar todas aquellas acciones que el jefe de la División de Recursos Humanos le encomiende.
Número 1.1.2 de la Resolución MOP N° 394 del 16/02/2004 ver enlace
a) Coordinar y apoyar el proceso de proposición de metas internas de las unidades que conforman la Subsecretaría y efectuar evaluaciones periódicas respecto del cumplimiento de éstas;
b) Desarrollar y mantener sistema de información para la gestión, que sirvan de base para la toma de decisiones de los niveles estratégicos de la Subsecretaría;
c) Entregar información confiable, regular y oportuna sobre el avance de las metas institucionales y de los programas de mejoramiento de la gestión, así como respecto de cualquier otra herramienta de gestión requerido por la autoridad;
d) Identificar, desarrollar y contribuir a la implementación de mejores prácticas de gestión en la Subsecretaría de Obras Públicas;
e) Coordinar al interior de la Subsecretaría, el proceso de desarrollo de los instrumentos de gestión estratégica entregados por organismos de gobierno;
f)Coordinar el proceso de elaboración de propuestas para el programa de Mejoramiento de la Gestión y metas internas de la Subsecretaría de Obras Publicas y controlar su desarrollo;
g) Controlar la ejecución de cada uno de los Sistemas del Programa de Mejoramiento de Gestión asignados a la Subsecretaría
h) Relacionarse con los entes validadores de los programas de mejoramiento de la gestión.
i) Entregar a los entes de auditoría correspondientes la documentación, que éstos le requieran para el cumplimiento de sus tareas;
j) Proponer y ejecutar las metas internas anuales de la misma Unidad; y
k) Realizar toda otra labor encomendada por el Subsecretaría y relacionada con las materias de su responsabilidad.
Número 1.2.2. de la Resolución MOP N° 394 del 16/02/2004 ver enlace

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