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Fiscalía MOP

Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas

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A continuación se presenta toda la normativa que establece potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas para la Fiscalía MOP.

Potestad, competencia, responsabilidad, función, atribución y/o tareas Fuente legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente
a) Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias;
b) Sustanciar las investigaciones o sumarios administrativosque le encomienden el Ministro, y los demás funcionarios directivos a que se refiere el artículo 63°;
c) Tramitar las expropiaciones y adquisiciones de inmuebles, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 105 de esta ley y en el DL N° 2.186, de 1978;
d) Asesorar, informar y pronunciarse sobre los asuntos legales que le encomiende el Ministro y le soliciten los funcionarios directivos indicados en el artículo 63°;
e) Proporcionar los antecedentes y colaborar con el Consejo de Defensa del Estado en los juicios relacionados con el Ministerio o la Dirección General de Obras Públicas y en los casos contemplados en el artículo 113°;
f) Redactar los contratos, escrituras públicas y demás documentos legales en que intervengan el Ministerio o la Dirección General de Obras Públicas;
g) Llevar el Registro y Archivo de las transcripciones de los decretos o resoluciones de los Contratos de Obras Públicas, sus modificaciones y liquidaciones protocolizadas conforme al artículo 89, y
h) Corresponderá al Fiscal, en lo que sean pertinentes, las atribuciones y deberes que establece para los Directores el artículo 22°.
DFL MOP N° 850/97
Artículo 10
ver enlace
a) Dirigirlos, coordinarlos y supervigilarlos; y proponer al Director General su organización interna, la cual deberá contar con la aprobación del Ministro;
b) Velar por el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas e instrucciones que les sean aplicables;
c) Proponer al Director General las normas técnicas relacionadas con los respectivos estudios, proyectos y construcciones;
d) Aplicar o proponer las sanciones que correspondan a su personal;
e) Destinar, comisionar y encargar cometidos al personal dentro de sus respectivos Servicios;
f) Proponer los Presupuestos Anuales, el Plan General de Estudios y Proyectos y el Plan Anual de Ejecución de Obras;
g) Cumplir y hacer cumplir los Planes Anuales de Estudios y Proyectos y de Ejecución de Obras;
h) Contratar los estudios, proyección y ejecución de obras de acuerdo con la ley;
i) Ejecutar obras por administración directa o por administración delegada o trato directo en conformidad a la ley;
j) Adquirir, conforme al reglamento respectivo, los bienes muebles necesarios para el Servicio, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 106 de esta ley;
k) Fiscalizar la ejecución de los estudios, proyectos y obras;
l) Velar por buen uso y conservación de los bienes a cargo de sus Servicios;
ll) Proporcionar a la Dirección General de Obras Públicas y a la Dirección de Planeamiento, en su caso, los antecedentes relacionados con el personal y con las actividades del Servicio en la forma en que le sean solicitados;
m) Celebrar los actos y contratos y adoptar las resoluciones que sean necesarias para el cumplimiento de los fines de su Servicio, de acuerdo con sus atribuciones y delegar éstas en los funcionarios de su dependencia con la aprobación del Director General, y
n) Atender los demás asuntos de su incumbencia que les encomiende el Director General.
DFL MOP N° 850/97
Artículo 22
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